Reforma tributaria
( cambios dados en el Ice)
En los cambios dados al impuesto a los consumos especiales se establecieron los siguientes parámetros
Se establece la base imponible para cada servicio gravado en base a:
- Precio de Venta al Público - IVA - ICE.
- Precio de Venta del fabricante - IVA - ICE, + 30% de margen de comercialización.
- Precio ex aduana, + 30% de margen de comercialización.
- Precio de venta del servicio - IVA - ICE.
- Alcohol importado y de producción nacional elaborado con ingredientes nacionales (al menos 70%) siempre que cuenten con el respectivo cupo anual.
- Exoneraciones del ICE
- A los vehículos eléctricos
- furgonetas u camiones que posean 3.5 toneladas
- Fundas industriales o utilizadas en empaque primario
Rebajas del ICE - Rebajas hasta el 50% en bebidas alcohólicas elaboradas con productos agropecuarios.
- 15% para los motorizados
Descripción Tarifa Específica Cigarrillos US $0,16 por unidad Alcohol US $ 7,15 por litro de alcohol puro Bebidas alcohólicas US $ 7,18 por litro de alcohol puro Cerveza artesanal US $ 1,49 por litro de alcohol puro Cerveza industrial de pequeña escala (participación en el mercado ecuatoriano de hasta 730.000 hectolitros) US $ 8,41 por litro de alcohol puro
- Rebajas hasta el 50% en bebidas alcohólicas elaboradas con productos agropecuarios.
- 15% para los motorizados
Descripción Tarifa Específica Cigarrillos US $0,16 por unidad Alcohol US $ 7,15 por litro de alcohol puro Bebidas alcohólicas US $ 7,18 por litro de alcohol puro Cerveza artesanal US $ 1,49 por litro de alcohol puro Cerveza industrial de pequeña escala (participación en el mercado ecuatoriano de hasta 730.000 hectolitros) US $ 8,41 por litro de alcohol puro
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